La Caldera

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Caso Orrico: la trampa del juez Dario Crespo, que no aplico doctrina IRURZUN

El juez Darío Crespo, casi sin estridencia resolvió que continúe con las restricciones impuestas, sin domiciliaria conforme lo aclaro el letrado Mario Arcusin y que surge de una confusión de una de las declaraciones y la poca claridad en la lectura de Crespo del fallo.

El polemico Juez Gualeyo debió leer la parte dispositiva de la sentencia y ordenar en ese mismo acto la inmediata detención para el cumplimiento efectivo de la pena en una unidad penal. Los fundamentos podía notificarlos después. Lo que no podía hacer era dictar una condena de cumplimiento efectivo y, al mismo tiempo, dejarlo en condiciones de seguir atravesando el proceso libre. Así, la pena corre el riesgo de transformarse en una ficción.
En este caso, la doctrina Irurzun iba de punta. No sólo por la gravedad del hecho, con cuatro trabajadores muertos por la conducta de un conductor alcoholizado, sino por el evidente poder residual que rodea al condenado. Acá no se trata solamente de un expediente penal: también están las relaciones, los vínculos y las redes de poder que atraviesan la política y la Justicia entrerriana.
Si una persona llega a esta instancia después de haber salido de la casa del presidente del Consejo de la Magistratura, la pregunta cae sola: ¿qué juez se va a animar a ponerse en contra de ese mundo? Y si además su esposa, María Evangelina Bruzzo, integra Casación, el cuadro termina de cerrarse. En un contexto así, el riesgo de influencias y de entorpecimiento no es una hipótesis exagerada. Es exactamente el tipo de situación para la que se invoca la doctrina Irurzun cuando los tribunales quieren aplicarla.
Por eso la decepción con Crespo no pasa por la condena, sino por la falta de decisión para hacerla cumplir de verdad. Si entendió que la pena debía ser efectiva debio empezar a cumplirla.

No hacerlo en un caso así equivale a consagrar una excepción de privilegio.
El resultado es bastante previsible.

Vendrán Casación, el Superior Tribunal, los recursos extraordinarios y, si hace falta, la Corte. Años. Y mientras tanto, sin una decisión inmediata y sin doctrina Irurzun, nunca va a pisar una cárcel.