El dato fresco. El Gobierno intimó a un agente de Salud, Diego A. Figueroa, a devolver $8.401.477,96 por decenas de inasistencias injustificadas 2024/2025, con 30 días de plazo y amenaza de acción de Fiscalía de Estado si no paga. La medida surge de sumario bajo Ley 9.755 (Empleo Público) y fue publicada en el Boletín Oficial Nº 28.208. Elonce.com+1
Cómo funciona en Educación (CGE). En el sistema docente la regla es tajante: “no trabajás, no cobrás”. El CGE implementó declaraciones juradas de asistencia (Res. 2.771/24) y anticipa descuentos en días de paro o no prestación del servicio; de hecho, los descuentos se aplican y se publicitan.
Y en el Poder Judicial. Cuando se pidió información pública sobre viajes, viáticos, licencias y ausencias de la vocal Susana Medina, primero hubo resistencia; un amparo obligó al STJ a entregar los datos. Recién después llegó un “informe oficial” de la propia magistrada sobre sus licencias/ausencias desde 2016. Registros periodísticos previos hablaban de 477 días sin prestación (2016–2021). La transparencia, a tirones.
Comparativo express (sin anestesia):
- Normativa y palanca sancionatoria
– Salud/CGE: Ley 9.755 (régimen disciplinario) + Estatuto Docente (DL 155/62) → habilitan sumarios, descuentos, cesantías y reintegros. La Fiscalía de Estado ejecuta.
– Poder Judicial / Altos cargos del Ejecutivo: marcos especiales, autogobierno y mayor blindaje procedimental: la sanción tarda, la información cuesta, y rara vez hay “devuelva la plata” con montos y plazos. (El propio caso Medina necesitó fallo para abrir datos). - Controles de asistencia
– CGE: controles ex ante (declaraciones juradas/relevamientos) + descuentos automáticos.
– Judicial/Altos rangos: controles ex post y “a demanda”; cuando hay pedido ciudadano, se litiga recién para conocer la asistencia/viáticos. - Ejecución económica
– Salud: caso Figueroa fija monto, plazo y ejecución por deuda al Estado.
– Judicial/Altos rangos: casi nunca vemos determinaciones de reintegro por ausencias/viáticos controvertidos, pese a que sería posible bajo principios de responsabilidad patrimonial. - Transparencia
– CGE/Salud: actos y sanciones salen por Boletín Oficial y gacetillas.
– Judicial: amparos para abrir datos básicos; recién después llegan “informes institucionales”.
Y los casos que investigamos. En Vialidad (DPV) mostramos pagos de “desarraigo” incompatibles con el retorno diario y legajos con inasistencias que pedimos auditar y, si corresponde, reintegrar como en Salud. La vara debería ser única. La Caldera
Preguntas que no pueden seguir sin respuesta
- ¿Por qué Salud y CGE pueden cuantificar, descontar y ejecutar reintegros en semanas, mientras que en el Poder Judicial o en ciertas cúpulas del Ejecutivo hay que litigar para apenas conocer la asistencia?
- Si la Ley 9.755 habilita sumarios y sanciones, por qué no vemos el mismo estándar (monto, plazo, ejecución) para ausencias y viáticos controvertidos de magistrados y altos funcionarios?
- Si en Educación se descuenta el día por no trabajar, por qué en el Poder Judicial la información sobre trabajar o no trabajar necesita un amparo para salir a la luz?
Lo mínimo razonable (sin sarcasmo).
- Estandarizar controles de asistencia/viáticos en los tres poderes, con publicación trimestral en datos abiertos.
- Auditorías cruzadas (Tribunal de Cuentas/Fiscalía de Estado) sobre viáticos, “desarraigos” y presentismo en DPV y Poder Judicial; donde haya perjuicio, determinación de cargo y reintegro como en Salud.
- Reglas de “no trabajás, no cobrás” con trazabilidad (biométrico o registros equivalentes) para altos rangos también.
Porque si al administrativo de Salud lo corren con sumario, monto y plazo, y al docente le descuentan el día en el recibo, no hay motivo legítimo para que en los estratos privilegiados siga corriendo el “primero el privilegio, después la explicación”.
























