La Caldera

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Ausentismo y “doble vara” en Entre Ríos: Salud y CGE con mano dura; Poder Judicial y cúpulas del Ejecutivo con alfombra roja

El dato fresco. El Gobierno intimó a un agente de Salud, Diego A. Figueroa, a devolver $8.401.477,96 por decenas de inasistencias injustificadas 2024/2025, con 30 días de plazo y amenaza de acción de Fiscalía de Estado si no paga. La medida surge de sumario bajo Ley 9.755 (Empleo Público) y fue publicada en el Boletín Oficial Nº 28.208. Elonce.com+1

Cómo funciona en Educación (CGE). En el sistema docente la regla es tajante: “no trabajás, no cobrás”. El CGE implementó declaraciones juradas de asistencia (Res. 2.771/24) y anticipa descuentos en días de paro o no prestación del servicio; de hecho, los descuentos se aplican y se publicitan.

Y en el Poder Judicial. Cuando se pidió información pública sobre viajes, viáticos, licencias y ausencias de la vocal Susana Medina, primero hubo resistencia; un amparo obligó al STJ a entregar los datos. Recién después llegó un “informe oficial” de la propia magistrada sobre sus licencias/ausencias desde 2016. Registros periodísticos previos hablaban de 477 días sin prestación (2016–2021). La transparencia, a tirones.

Comparativo express (sin anestesia):

  • Normativa y palanca sancionatoria
    Salud/CGE: Ley 9.755 (régimen disciplinario) + Estatuto Docente (DL 155/62) → habilitan sumarios, descuentos, cesantías y reintegros. La Fiscalía de Estado ejecuta.
    Poder Judicial / Altos cargos del Ejecutivo: marcos especiales, autogobierno y mayor blindaje procedimental: la sanción tarda, la información cuesta, y rara vez hay “devuelva la plata” con montos y plazos. (El propio caso Medina necesitó fallo para abrir datos).
  • Controles de asistencia
    CGE: controles ex ante (declaraciones juradas/relevamientos) + descuentos automáticos.
    Judicial/Altos rangos: controles ex post y “a demanda”; cuando hay pedido ciudadano, se litiga recién para conocer la asistencia/viáticos.
  • Ejecución económica
    Salud: caso Figueroa fija monto, plazo y ejecución por deuda al Estado.
    Judicial/Altos rangos: casi nunca vemos determinaciones de reintegro por ausencias/viáticos controvertidos, pese a que sería posible bajo principios de responsabilidad patrimonial.
  • Transparencia
    CGE/Salud: actos y sanciones salen por Boletín Oficial y gacetillas.
    Judicial: amparos para abrir datos básicos; recién después llegan “informes institucionales”.

Y los casos que investigamos. En Vialidad (DPV) mostramos pagos de “desarraigo” incompatibles con el retorno diario y legajos con inasistencias que pedimos auditar y, si corresponde, reintegrar como en Salud. La vara debería ser única. La Caldera

Preguntas que no pueden seguir sin respuesta

  1. ¿Por qué Salud y CGE pueden cuantificar, descontar y ejecutar reintegros en semanas, mientras que en el Poder Judicial o en ciertas cúpulas del Ejecutivo hay que litigar para apenas conocer la asistencia?
  2. Si la Ley 9.755 habilita sumarios y sanciones, por qué no vemos el mismo estándar (monto, plazo, ejecución) para ausencias y viáticos controvertidos de magistrados y altos funcionarios?
  3. Si en Educación se descuenta el día por no trabajar, por qué en el Poder Judicial la información sobre trabajar o no trabajar necesita un amparo para salir a la luz?

Lo mínimo razonable (sin sarcasmo).

  • Estandarizar controles de asistencia/viáticos en los tres poderes, con publicación trimestral en datos abiertos.
  • Auditorías cruzadas (Tribunal de Cuentas/Fiscalía de Estado) sobre viáticos, “desarraigos” y presentismo en DPV y Poder Judicial; donde haya perjuicio, determinación de cargo y reintegro como en Salud.
  • Reglas de “no trabajás, no cobrás” con trazabilidad (biométrico o registros equivalentes) para altos rangos también.

Porque si al administrativo de Salud lo corren con sumario, monto y plazo, y al docente le descuentan el día en el recibo, no hay motivo legítimo para que en los estratos privilegiados siga corriendo el “primero el privilegio, después la explicación”.