En Entre Ríos se está discutiendo una reforma de la Ley de Juicio por Jurados Nº 10.746 que, lejos de mejorar el sistema, significa un retroceso. La propuesta limita la competencia del jurado popular únicamente a delitos cuya pena máxima supere los 20 años de prisión. Hasta ahora, la ley vigente alcanza a todos los delitos graves, incluso en grado de tentativa y en supuestos conexos, sin fijar un umbral tan restrictivo.
Este nuevo filtro no es un detalle técnico: es una manera de excluir decenas de casos que hoy llegan a jurado, devolviendo el poder de decidir los hechos al juez técnico y sacando de juego la participación ciudadana que exige la Constitución Nacional y la propia Constitución entrerriana. Organizaciones jurídicas, colegios de abogados y asociaciones de víctimas ya alertaron que el proyecto se trató sin convocar a quienes sostienen y trabajan en el sistema desde hace años.
¿Por qué importa tanto? Porque el juicio por jurados no es un lujo, es un mandato constitucional y una conquista democrática. Limitarlo significa que delitos graves, aunque no encuadren en penas de más de 20 años, volverán a quedar en manos de jueces que ya han demostrado ser capaces de avalar abreviados insólitos, incluso en casos de abuso sexual. También se habla de permitir que esos mismos jueces técnicos revisen absoluciones dictadas por el jurado, lo que contradice la esencia misma de la soberanía ciudadana.
Este no es un ajuste funcional ni una mejora de gestión. Es un recorte institucional que debilita la confianza pública en la Justicia y restringe derechos ya reconocidos. Desde La Caldera sostenemos que el Senado debe rechazar cualquier iniciativa que limite al jurado, abrir el debate a todas las instituciones y garantizar que la voz de la ciudadanía siga presente en las decisiones más trascendentes.
El jurado es del pueblo. No lo toquen.