Por Redacción Caldera
Una vez más, el fiscal Santiago Alfieri, conocido por su sobreactuación mediática y su escaso apego al rigor jurídico, volvió a ocupar titulares. Esta vez, en el marco del caso Christe, sostuvo con vehemencia que “la medida de arresto domiciliario es una manda judicial y debe cumplirse”. Y con esa frase, tan tajante como absurda, dejó en claro que sigue sin distinguir entre orden judicial, medida cautelar, norma procesal y sentencia firme.
📢 “Debe cumplirse”, dijo con tono épico. Como si alguien estuviera discutiendo que las resoluciones judiciales no se acatan. Pero el problema no es ése. El problema es que Alfieri pretende transformar una medida cautelar revisable en un dogma inmutable.
📌 Arresto domiciliario ≠ sentencia divina
Para cualquier operador del derecho mínimamente formado, el arresto domiciliario es una forma de privación de libertad, alternativa al encierro en unidades penitenciarias, que se otorga en determinadas circunstancias y puede ser modificada si cambian las condiciones que la justificaron.
Pero para Alfieri, es una “manda”. O sea, según su razonamiento, sería una especie de mandato sagrado que, una vez dictado, ya no admite revisión sin que eso constituya una afrenta al orden judicial. Es decir, confunde la firmeza con la terquedad.
⚖️ Poca ley, mucho show
En sus declaraciones a Análisis, el fiscal también se explayó largamente —como acostumbra— en un tedioso relato de hechos ya conocidos, para finalmente decir… nada jurídicamente relevante.
👉 Habló de «autocontrol», como si el cumplimiento del arresto domiciliario dependiera de la fuerza de voluntad del imputado y no de condiciones objetivas, vigilancia, y evaluación judicial constante.
👉 Se quejó de la “falta de reacción judicial” por una supuesta violación del perímetro del arresto, sin explicar qué norma exige un garante que viva a 100 metros, ni qué elemento objetivo acredita un incumplimiento voluntario.
👉 Insistió en que “la manda se cumple”, sin aclarar qué artículo del Código Procesal Penal de Entre Ríos convierte una medida provisional en mandato eterno, desviando la atencion a la verdadera discucion si estaba habilitado o no a abrirle la puerta a su hijo, ni por qué la revisión de una cautelar lo escandaliza tanto.
🎭 El fiscal de los medios
Santiago Alfieri ya tiene su rol definido: el fiscal vocero, más preocupado por la tribuna que por el expediente. Su especialidad parece ser convertir el Código Procesal Penal en una colección de frases de WhatsApp, y cada declaración pública, en una clase de Derecho mal aprendida.
🔎 Mientras la justicia sigue debatiendo cuestiones de fondo, él insiste en fijar posición en los medios, como si el proceso penal fuera un talk show. Siempre largo, siempre redundante, siempre más interesado en “dar señales” que en fundar jurídicamente lo que dice.
📚 En resumen: si alguien pensaba que “manda” era una categoría jurídica seria, Alfieri acaba de convertirla en una frase de camiseta.
Quizás la próxima vez convenga menos prensa y más lectura.
Porque el Derecho penal no se improvisa, aunque parezca tentador.